A diferencia de las Patentes y Modelos de Utilidad que protegen creaciones técnicas, es decir que llevan implícita una funcionalidad, los Diseños Industriales protegen creaciones estéticas, o formales.
Un diseño industrial protege por tanto la apariencia de la totalidad o de un parte de un producto; en particular las líneas, contornos, colores, forma, textura o materiales del producto en sí o de su ornamentación son protegibles como diseños industriales.
Un diseño industrial ha de reunir dos requisitos: "carácter singular" y "novedad". El primero de ellos se refiere a si la impresión general que produce en un usuario es distinta de la de otro diseño. Un diseño es nuevo cuando no se ha hecho público antes de la fecha de presentación; ahora bien, son inocuas las divulgaciones producidas un año antes de la solicitud.
El registro de diseños puede ser múltiple (en España hasta un máximo de 50 elementos), siempre y cuando se trate de diseños incluidos en la misma clasificación internacional, en definitiva de elementos con un uso similar.
El registro de diseños, tanto a nivel nacional como comunitario, es un trámite rápido y simple que supone la concesión prácticamente inmediata, con posibilidad de un trámite de Oposición o de Nulidad posterior al registro. La duración del registro es de 25 años con renovaciones cada 5 años.
El ámbito de protección, como casi todas las modalidades de la Propiedad Industrial es el siguiente:

Esquema de Tramitación de: